El Ministerio de Justicia modificará el nuevo artículo incluido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal que obliga a proteger la imagen, el honor y la intimidad de los detenidos en el momento de su arresto y en los traslados posteriores para evitar la conocida como pena de telediarioIntroducirá cambios en la redacción de la norma que garantizan el derecho a la información y aclaran que no se prohibirá, en ningún caso, la grabación y difusión de imágenes de los arrestados, han informado fuentes parlamentarias.
Los cambios en la formulación son fruto de un consenso alcanzado entre el ministro Rafael Catalá y la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), la Asociación de Editores de Diarios Españoles (AEDE) y del Foro de Organizaciones de Periodistas (FOP), que mostraron su inquietud por los posibles límites al ejercicio de la profesión que podía desencadenar el artículo.
La previsión legal, introducida después de que el PP transaccionara una enmienda presentada por CiU en el Congreso de los Diputados, obligaba a asegurar el respeto a los derechos constitucionales de los detenidos pero no concretaba, sin embargo, qué medidas debían adoptarse en las detenciones y desplazamientos. Levantó fuertes críticas de agrupaciones de periodistas y oposición, al entender que no se permitiría fotografías a detenidos como las que se realizaron recientemente a Rodrigo Rato al salir de casa escoltado por la Policía.
Tras mantener en el último mes reuniones y contactos con los colectivos más reticentes al redactado, Justicia alcanzó hace días un texto de consenso. La primera fórmula variará mediante la introducción de una enmienda en el Senado, donde se tramita actualmente la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que aprobará previsiblemente la Cámara Alta la próxima semana.
El inciso al artículo 520 propuesto por los populares cuenta ahora con el visto bueno de las asociaciones de periodistas y editores, con las que se ha consensuado la introducción de una referencia expresa al respeto del derecho a la información.