El Gobierno nombrará un administrador de RTVE si no hay consejeros en 15 días
El presidente y los consejeros de RTVE nombrados a través del decreto ley aprobado el viernes 22 de junio por el Consejo de Ministros podrán ser renovados, según recoge el texto publicado este sábado en el BOE y que ya ha entrado en vigor.
El decreto solo especifica que "de acuerdo a lo previsto en este artículo" podrán ser renovados. Sí recoge, como ya adelantaron fuentes del Ejecutivo, el momento de su cese: cuando sean nombrados los consejeros y el presidente por el procedimiento de concurso público previsto en la ley vigente.
De acuerdo con la redacción del decreto, parece que finalmente será como máximo en el plazo de un mes cuando haya nuevo presidente de la Corporación.
Así lo explicó el viernes 22 de junio la portavoz del Gobierno, Isabel Celaá, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, al asegurar que habría nuevo responsable del ente en un mes. Sin embargo, la referencia del Consejo señalaba que en el plazo de 15 días las Cámaras deberían elegir a los 10 consejeros y, en el mismo plazo de 15 días, al presidente. Esto dio lugar a pensar que consejeros y presidente serían elegidos a la vez en un plazo de dos semanas.
Ahora, la redacción del decreto especifica que "las Cámaras elegirán en el plazo de 15 días naturales desde la entrada en vigor del presente decreto ley a los 10 consejeros (...). Asimismo, una vez elegidos los consejeros, el Congreso de los Diputados designará, en el mismo plazo de 15 días naturales, al consejero que desempeñará el cargo de presidente".
Como adelantó el Gobierno, los consejeros y el presidente deberán ser elegidos por mayoría de dos tercios en primera vuelta y, en caso de no resultar elegidos, por mayoría absoluta en una segunda vuelta celebrada 48 horas después.
El decreto especifica que si el Senado, con mayoría del PP, no hubiera elegido a sus consejeros en el plazo de quince días, el Congreso podrá nombrarlos excepcionalmente en un plazo de diez días naturales.
Además, detalla que si el Congreso no nombra a los consejeros en el plazo de quince días, el Gobierno propondrá el nombramiento de un administrador provisional único, que será sometido al pleno del Congreso. Este administrador requerirá mayoría de dos tercios en una primera vuelta o mayoría absoluta en una segunda vuelta celebrada a las 48 horas.
Este administrador se encargaría de la administración y representación de la Corporación hasta que se produzcan los nombramientos de los consejeros y presidente a través de concurso público. Además, este administrador único tendría las competencias que la ley atribuye al Consejo y al presidente de la corporación y el Consejo.
El decreto recoge también el acuerdo alcanzado por los grupos parlamentarios en marzo pasado para la designación de los expertos que formarán parte del tribunal para el futuro concurso público. Cada grupo podrá designar a una persona y, adicionalmente, podrán ser nombradas otras propuestas al menos por cuatro grupos.
El decreto, ya en vigor, deberá ser convalidado en el Parlamento. El Gobierno aseguró que cuenta con los apoyos necesarios para ello.