Los Veintiocho han dado el jueves 8 de junio luz verde a las nuevas normas que permitirán la portabilidad transfronteriza de contenidos digitales para que los europeos puedan acceder cuando viajan a las películas, música, juegos u otros contenidos online del catálogo que hayan contratado en su país de residencia.
Los ministros de Justicia e Interior de la UE reunidos en Luxemburgo han dado su visto bueno a un acuerdo cerrado previamente por los negociadores de las instituciones europeas y que, tras cumplir los últimos pasos burocráticos, entrará en vigor previsiblemente en el primer trimestre de 2018.
Las plataformas como Netflix o Spotify no podrán imponer bloqueos geográficos ni exigir pagos adicionales para el acceso a los contenidos contratados cuando un usuario quiera conectarse a ellos desde otro Estado miembro.
Con todo, los legisladores europeos han previsto salvaguardas para evitar "abusos" de los clientes, por ejemplo permitiendo a las compañías aplicar determinados controles para verificar la "residencia efectiva" del cliente y evitar que contrate un servicio en otro Estado miembro con mejores ofertas.
Así, los proveedores podrán elegir "hasta un máximo de dos" de los diez criterios de verificación propuestos en las nuevas normas, entre ellos el documento de identidad, métodos de pago, la declaración de impuestos o la dirección de IP. En cualquier caso, la verificación deberá ser "razonable, proporcionada y efectiva".
También podrán solicitar una nueva verificación si tienen "dudas razonables" de que se esté produciendo un uso fraudulento del servicio contratado y llegar a suspender el servicio si se comprueba el uso abusivo.
La Unión Europea sostiene que las nuevas reglas mejorarán la competitividad e incentivarán la innovación en los servicios online, además de contribuir al reto de construir un "verdadero" mercado único digital.
Se aplicará a todos los servicios que ofrecen contenidos digitales a cambio del pago por su acceso, por lo que no afectará a las plataformas que emiten de manera gratuita, como los canales de radio o televisión públicas.
Los principales obstáculos para la portabilidad de los servicios digitales se apoya en el copyright, que protege la difusión de determinados contenidos, como son las obras audiovisuales o las retransmisiones deportivas. Por ello, los servicios online podrán elegir también limitar su actividad a mercados específicos.
Los ministros también han cerrado la que será la posición negociadora del Consejo para diseñar nuevas normas de protección del consumidor que se apliquen a la compra de contenidos digitales, como música o videojuegos, a través de Internet.
El objetivo es asegurar un "alto nivel de protección" al consumidor, al tiempo que se ofrece la seguridad jurídica necesaria para crear nuevas oportunidades de negocio.
Para ello, la Comisión Europea propuso establecer derechos claros para este tipo de consumidores, para prever, por ejemplo, la resolución del problema que pueda surgir en la compra, la reducción de precios, la cancelación del contrato y el reembolso íntegro en determinados casos.
En la actualidad no existen normas armonizadas y Bruselas cree que el consumidor está desprotegido cuando adquiere contenidos digitales en la red, por lo que ahora el Consejo y la Eurocámara negociarán la revisión.
La presidencia de turno de la Unión Europea, que hasta este mes de junio ejerce Malta, ha destacado la complejidad del expediente y los esfuerzos para lograr un compromiso "delicado y equilibrado" entre las necesidades del consumidor y las de los innovadores.