El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha desestimado el recurso presentado por la plataforma Netflix que le obliga a pagar un impuesto para financiar la producción, distribución y exhibición de películas alemanas.
El régimen alemán grava a las empresas de la industria del cine, del vídeo y al sector audiovisual con un impuesto especial para la financiación de la producción, distribución y exhibición de películas. El nivel de esta tasa depende del nivel de ingresos que estas empresas obtienen de su actividad de explotación de películas.
Las autoridades alemanas aprobaron una modificación de esta normativa que extendió esta obligación a aquellos proveedores que prestan servicios de vídeo a la carta, pero que tienen ingresos procedentes de ciudadanos del país a través de su presencia en internet.
Esta enmienda obligó a Netflix a pagar el impuesto que Berlín destina a financiar el cine del país, puesto que su base legal está localizada en Países Bajos. En concreto, exige a la firma el pago de una tasa en función de la recaudación generada por sus clientes en Alemania por aquellos contenidos (películas, series o documentales) con una duración superior a los 58 minutos emitidos a través de internet en alemán.
La Comisión Europea avaló esta modificación del régimen alemán para financiar su sistema audiovisual al concluir tras una investigación que es compatible con la directiva europea de servicios de comunicación audiovisual.
Netflix presentó un recurso ante la Justicia europea en el que reclamaba al tribunal con sede en Luxemburgo que anulase esta decisión del Ejecutivo comunitario por haber infringido una serie de normas europeas en su análisis.
En su sentencia, fechada el 16 de mayo, el Tribunal de Justicia de la UE dicta que el recurso presentado por Netflix es "inadmisible" y condena a la plataforma estadounidense de streaming a pagar los costes en los que haya podido incurrir la Comisión Europea a lo largo del procedimiento judicial.